17 julio 2008
Tribunal desestimó demanda de Sutiss
Como 'inadmisible' declaró el Tribunal de Primera Instancia con competencia laboral la demanda que interpuso el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Siderúrgica y sus Similares (Sutiss) por el correcto pago de los beneficios líquidos, conforme al artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo y cláusula 8 de la convención colectiva. Extraoficialmente se conoció que el recurso fue rechazado porque en vez de estar encabezado por trabajadores, es decir, de manera individual, como supuestamente sugiere la jurisprudencia, éste fue introducido por la institución Sutiss. El juez de la causa declaró inadmisible el recurso alegando errores de forma Durante la mañana del miércoles el reclamo de las ganancias líquidas en Sidor volvió a sonar con fuerza en los predios del Palacio de Justicia de Ciudad Guayana. Los sidoristas y su dirigencia sindical exigían un pronunciamiento sobre el recurso interpuesto en los tribunales del Trabajo por el correcto pago de las ganancias líquidas, conforme al artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo y cláusula 8 del contrato colectivo de trabajo. Desde el grupo Alianza Sindical se amenazó con movilizar a los trabajadores hasta los tribunales de Puerto Ordaz como acción de protesta ante el silencio del juez. No hizo falta. En la tarde, uno de los miembros de la comisión de ganancias líquidas, José Jiménez, informó que el juez de la causa declaró 'inadmisible' la demanda.
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