09 junio 2008

TSJ admite recurso de nulidad a favor de Cavidea

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa admitió cuanto ha lugar en derecho la acción de nulidad interpuesta por el apoderado judicial de la Cámara Venezolana de la Industria de Alimentos (CAVIDEA), contra los artículos 3, 11, 12, 13, 15, 17 y 19 de la Resolución Conjunta dictada por los Ministerios: del Poder Popular para la Agricultura y Tierras; del Poder Popular para la Alimentación y, del Poder Popular para la Defensa, relacionada con la movilización de alimentos. Se trata de la resolución conjunta N° DM/N°/2008, DM/N° 0037 y DM/N°, del 29 de abril de 2008, publicada en la Gaceta Oficial N° 38.920, de esa misma fecha, dictada por los Ministerios: del Poder Popular para la Agricultura y Tierras; del Poder Popular para la Alimentación y, del Poder Popular para la Defensa, en la cual, entre otros aspectos, se resolvió: 'Artículo 3. Los Ministerios del Poder Popular para la Alimentación y para la Agricultura y Tierras, conjunta o separadamente, podrán establecer mediante Resolución, restricciones a la movilización de productos y subproductos de origen vegetal en su estado natural, o a la movilización de productos alimenticios acondicionados, transformados o terminados, destinados a la comercialización y consumo humano'.

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